Índice
La Ley
La Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado (Ley N° 20.285) está fundamentada en el principio de que toda la información que generan las instituciones del Estado es de propiedad de los ciudadanos y de no existir una justificación especificada por la ley, view look ésta debe ser de público acceso.
La Ley fue promulgada el 11 de agosto de 2008 y entró en vigencia el 20 de abril de 2009. Conforme a sus disposiciones, el acceso a la información pública se realiza a través de dos vías: Transparencia Activa y Transparencia Pasiva.
La Transparencia Activa consiste en que los órganos de la Administración Pública deben mantener a disposición permanente de la ciudadanía, a través de sus sitios web, antecedentes como su estructura orgánica; sus facultades, funciones y atribuciones; la planta del personal y el personal a contrata y a honorarios, con sus respectivas remuneraciones; las contrataciones que realice ya sea para el suministro de bienes inmuebles, prestación de servicios, asesorías, consultorías y otros; y las transferencias de fondos públicos que efectúen, entre varios otros puntos. Esta información debe ser actualizada por cada órgano por lo menos una vez al mes.
Un ejemplo de Transparencia Activa es el que se encuentra en la página del Gobierno de Chile donde podemos conocer la escala completa de remuneraciones según estamento, grado y jornada de todo el personal. Es público que las autoridades de gobierno tienen un sueldo bruto de: 7 millones 746 mil 408 pesos.
En el sitio web de la Contraloría General de la República, por ejemplo, podemos saber todas las contrataciones que esta entidad autónoma del estado tiene con empresas externas en la actualidad. De este modo podemos conocer, entre otros temas, que en enero de 2010 la Contraloría adquirió un contrato de servicios de aseo con la empresa Mantenimientos Integrales TMI S.A. por el plazo de 2 años, con un costo de más de 297 millones de pesos.
Por su parte, la Fiscalía Nacional informa, por ejemplo, que en febrero de 2010 utilizó más de 100 millones de pesos en la tarea de dar protección a víctimas y testigos de delitos que son denunciados a la justicia chilena. Esta cifra es superior a la usada en marzo de 2009, que alcanzó los 77 millones de pesos.
La Transparencia Pasiva corresponde al derecho de cada persona a solicitar y recibir información de las instituciones del Estado, sin la necesidad de decir por qué o para qué la estamos pidiendo.
Por ejemplo, cualquier ciudadano puede preguntar a una repartición pública acerca de los actos, resoluciones, contratos, acuerdos, estudios, expedientes, y otros tipos de documentos o trabajos que hayan sido realizados con presupuesto público.
No existe obligación de las reparticiones públicas de crear información para los usuarios, sino que sólo debe entregar la que poseen o compilaciones ya realizadas de éstas.
Se excluyen de la Transparencia pasiva, las empresas autónomas del Estado, los Tribunales de Justicia y el Congreso Nacional.
La Ley de Transparencia contempla Cláusulas de Reserva de la Información, mediante las cuales se puede negar total o parcialmente el acceso a la Información. Según el sitio www.leydetransparencia.cl, estas se aplican cuando la petición:
1.- Afecte al cumplimiento de las funciones del órgano requerido.
2.- Afecte derechos de las personas, particularmente tratándose de su seguridad, la salud, la vida privada o derechos comerciales o económicos.
3.- Afecte la seguridad de la Nación, particularmente si se refiere a la defensa nacional, la mantención del orden público o la seguridad pública.
4.- Afecte el interés nacional, en especial la salud pública, relaciones internacionales y los intereses económicos o comerciales del país.
5.- También se puede negar el acceso a información cuando se trate de documentos que una ley de quórum calificado declare reservados o secretos.
6.- Oposición de terceros: cuando un documento solicitado contiene información que puede afectar los derechos de terceros, la autoridad notifica a los posiblemente afectados para que estos se pronuncien al respecto.
7.- Duración del secreto o reserva: La calificación de un acto como secreto o reservado durará cinco años, plazo que se podría extender por cinco años más, según el riesgo que implique su divulgación.
Un acto será secreto o reservado indefinidamente cuando:
– Se trate de actos y documentos que, en el ámbito de la defensa nacional, establezcan la planificación militar o estratégica.
– Su difusión pueda afectar la integridad territorial de Chile, la interpretación o el cumplimiento de un tratado internacional suscrito por Chile en materia de límites, la defensa internacional de los derechos de Chile y la política exterior del país de manera grave.
La única forma en que los actos que fueron declarados secretos o reservados por una ley de quórum calificado dejen de serlo es que otra ley de quórum calificado deje sin efecto ese secreto o reserva.
- Paso a paso para realizar una petición
ArchivosChile pone a su disposición una guía práctica, basado en nuestra experiencia de utilización de la ley, para realizar solicitudes de documentos a órganos del Estado.
PASO N° 1: Defina cuál es la información que desea obtener.
Es preciso tener muy claro cuál es la información que se requiere y en que forma o en que tipo de documentos pueda existir en las instituciones del Estado. Es importante saber cuál es la institución u órgano del Estado al que debemos dirigir la consulta.
Puede ser útil consultar el sitio web de la institución para verificar que tipo de información ya ha sido publicada vía Transparencia Activa.
PASO N°2: Diríjase al sitio web de la institución y busque el banner de “Gobierno Transparente”
Este banner cuenta con el logo del Gobierno de Chile y la frase “Gobierno Transparente”. Si la página de la institución consultada no cuenta con este banner, puede significar que no está afecta a cumplir con la Transparencia Pasiva. Consulte las instituciones afectas a la Ley acá
PASO N°3: Seleccione la opción “Enlace al Sistema de Gestión de Solicitudes de Acceso”
Por lo general, esta opción se encuentra al costado derecho de la pantalla de Gobierno Transparente.
PASO N°4: Diríjase a la opción Registro de Usuarios y haga clic en “Deseo registrarme ahora”
A través de esta opción usted estará creando su propia cuenta en el Sistema de Solicitudes de Acceso que sólo será válida para la página web de la institución que está consultando en ese momento. Si desea realizar consultas en otras instituciones deberá seguir el mismo procedimiento y registrarse en cada una de ellas.
PASO N° 5: Complete sus datos personales en la página de Registro
Cerciórese de que los datos de su dirección y correo electrónico estén bien escritos, pues éstas son las únicas vías por las cuales la institución consultada podrá dirigirse a usted y atender su solicitud. Luego de completar los datos escriba el texto de validación en el espacio indicado y presione “Registrarse”.
PASO N° 6: Active su cuenta
Al presionar “Registrarse”, automáticamente le será enviado un correo de verificación a la dirección que usted indicó en el registro. En ese correo aparecerá la frase: “Para activar su cuenta haga clic Aquí”. Realice esta operación y se abrirá una ventana en la que se confirmará que su cuenta ha sido activada.
PASO N° 7: Ingrese a su cuenta
En el costado superior derecho de su pantalla aparecerá la opción “Acceso de usuarios registrados”. Una vez digitados su nombre de usuario y contraseña, presione “Ingresar” y ya estará en su cuenta.
PASO N° 8: Realice su primera solicitud de información
Una vez en su cuenta, en el costado izquierdo de su pantalla se encontrará con un “Menú de Navegación”. Seleccione la opción “Solicitud de Información”. Se desplegará una ventana en la que aparecen sus datos personales y un espacio donde usted debe seleccionar la entidad a la que desea hacer la solicitud de información (aquí puede elegir entre las unidades específicas que componen la institución a la que está dirigiendo la consulta). Ahora usted puede escribir su petición en el recuadro en blanco que aparece debajo de la entidad seleccionada.
Paso 9: Cómo redactar la petición.
Es importante identificar la información que se necesita a través del uso del lenguaje archivístico de los ministerios. En general, existen cinco tipos de documentos existentes en la mayoría de las reparticiones públicas:
a) Decreto Supremo
b) Decreto Exento (sin toma de razón de Contraloría)
c) Resoluciones
d) Resoluciones Exentas (sin toma de razón de Contraloría)
e) Oficios (comunicaciones interministerios)
Consejos a la hora de redactar una petición, según la experiencia de ArchivosChile
– Que la información solicitada sea lo más precisa posible (idealmente contar con el nombre del documento requerido)
– Tratar de no solicitar gran cantidad de documentos en una sola petición.
– Identificar una fecha o periodo de tiempo acotado para los documentos solicitados.
Por ejemplo, si deseo pedir al Ministerio de Educación la lista de las empresas privadas que realizan las mayores donaciones a las Universidades en Chile, es preciso indicar un período de tiempo específico, un año o mes en particular.
Convendría acotar la petición de esta forma:
“1.- Solicito conocer los nombres de las 10 empresas privadas que realizaron las mayores donaciones a universidades en Chile durante el año 2009, en virtud de la Ley nº 18.681 de 1987. 2.- Pedimos que esta información sea entregada en la forma en que la institución la posea y en el formato que le implique menor costo y trabajo, y que contenga la individualización del donante, el monto donado y la identificación de la institución de educación superior. 3.- En el eventual caso que los documentos contengan información legítimamente “secreta” o “reservada” según indica la ley de Transparencia (20.285), pedimos que se entreguen los datos en forma parcial, prescindiendo de sus partes no públicas”.
Este formato de petición determina una ubicación temporal, deja abierta la posibilidad de que la Institución envíe la información de la forma en que le implique menos trabajo y que no nos niegue la información completamente, sino que entregue algunas partes, en caso de que la petición refiera a elementos reservados por Ley.
La recomendación es que si obtengo una respuesta satisfactoria por parte del Ministerio, luego se podría solicitar la misma información pero en el año 2008, o en lo que va de 2010. O quizás ampliar la información a una lista completa de las empresas privadas que realizaron donaciones no sólo a las universidades, sino también a institutos profesionales, centros de formación técnica, etc. En este caso sería recomendable ir paso a paso y realizar un paquete de peticiones que permita obtener toda la información requerida. Al existir la causal de denegación de información ligada a la “distracción indebida de los funcionarios públicos”, es importante no dar una gran cantidad de trabajo a la repartición pública determinada.
Luego de escribir su consulta, deberá indicar si desea ser notificado por correo electrónico; cuál es la forma en que desea recibir la información solicitada (correo electrónico/ retiro en oficina del órgano o servicio/ envío por correo); y por último seleccionar el formato de entrega (copia en papel/ formato electrónico o digital).
Completado lo anterior, presione el botón “continuar” y se desplegará un comprobante de la solicitud que acaba de realizar.
Información sobre apelaciones y plazos
Plazos: El plazo que tienen los órganos de la Administración del Estado para responder su solicitud es de 20 días hábiles, contados desde el día siguiente al de la emisión de la solicitud. Cumplido este plazo los órganos de la Administración del Estado pueden hacer uso de una prórroga de 10 días hábiles, pero ésta debe ser informada al usuario.
Apelación. Si la respuesta a su consulta no le es satisfactoria, la Ley le permite realizar apelaciones al Consejo para la Transparencia. Para ello cuenta con un plazo de 15 días hábiles a contar de la fecha de recepción de la respuesta. Para conocer el sistema de apelación, visite la Ruta de Reclamos y Amparos. No es necesario contar con un abogado para este proceso.
Costos de reproducción: La Ley dispone que el usuario que realiza la solicitud de acceso únicamente deberá pagar los costos que pudiera tener la reproducción de la información requerida. Los costos de reproducción son fijados por cada institución, en base a la referencia del Instructivo nº6 del Consejo para la Transparencia.
Seguimiento: Puede consultar el estado de la solicitud ingresando a su cuenta, a través del banner de Gobierno Transparente. Allí se le indicarán los días que restan para la recepción de la respuesta. Usted puede realizar varias solicitudes de información a un mismo órgano y el estado de cada una de ellas aparecerá en su cuenta.
Instituciones afectas a la Ley de Transparencia
ArchivosChile te ofrece enlaces directos a los banners de transparencia algunas de las instituciones del estado, desglosadas por las que están obligadas a cumplir sólo con Transparencia Activa y las que están afectas a transparencia Activa y Pasiva, es decir, responden solicitudes de acceso a la información.
Instituciones afectas a Transparencia Activa y Pasiva
Ministerio de Relaciones Exteriores
Ministerio de Defensa Nacional
Ministerio Secretaría General de la Presidencia
Ministerio Secretaría General de Gobierno
Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción
Ministerio de Trabajo y Previsión Social
Ministerio de Vivienda y Urbanismo
Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones
Ministerio de Bienes Nacionales
Consejo Nacional de la Cultura y las Artes
Comisión Nacional del Medio Ambiente
Servicio Electoral
Contraloría General de La República
Senado de la República (en rigor, no están obligados a recibir solicitudes de información, pero en un ejercicio de buenas prácticas, habilitaron el sistema de gestión. Sus respuestas no son apelables al Consejo de Transparencia)
Gobierno Regional de Antofagasta
Gobierno Regional de Atacama
Gobierno Regional de Valparaíso
Gobierno Regional de la Araucanía
Gobierno Regional de Los Lagos
Gobierno Regional de Magallanes y la Antártica Chilena
Ejército de Chile
Armada de Chile
Fuerza Aérea de Chile
Policía de Investigaciones de Chile
Pese a que está afecta a la transparencia pasiva, la Policía de Investigaciones no está respondiendo solicitudes de información por el momento.
Estado Mayor de la Defensa Nacional
Instituciones y empresas del Estado afectas sólo a Transparencia Activa (las más relevantes):
Cámara de Diputados
Biblioteca del Congreso Nacional
Corporación Nacional del Cobre
Empresa Nacional del Petróleo
Empresa Nacional de Minería
Empresa de Ferrocarriles del Estado
Televisión Nacional de Chile
Empresa Periodística La Nación S.A.